Este 29 de abril, los diputados de Nuevas Ideas presentaron una solicitud de reforma al inciso segundo del artículo 248 de la Constitución de la República, que busca agregar un método para realizar las modificaciones constitucionales: que puedan decretarse durante la misma Asamblea Legislativa con las tres cuartas partes de los diputados electos.
¿Cómo está actualmente establecido en la Constitución de la República?
La reforma a la Constitución de la República puede acordarse por la Asamblea Legislativa, con el voto de la mitad, más uno de los diputados electos. Sin embargo, para que la reforma pueda decretarse deberá ser ratificada por la siguiente Asamblea Legislativa con el voto de los dos tercios de los diputados electos. Luego, se emitirá el decreto correspondiente, que se mandará a publicar en el Diario Oficial. La reforma únicamente puede ser propuesta por los diputados en un número no menor de diez.
No podrán reformarse en ningún caso los artículos de la Constitución que se refieren a la forma y sistema de gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la presidencia de la República.
¿Cuál es el cambio que busca aprobar?
La reforma de esta Constitución de la República podrá acordarse por la Asamblea Legislativa, con el voto de la mitad más uno de los diputados electos.
Para que tal reforma pueda decretarse deberá ser ratificada en la siguiente Asamblea Legislativa con dos tercios, -AQUÍ EL CAMBIO-: o por la misma Asamblea Legislativa con el voto de las tres cuartas partes de los diputados electos.
Luego, se emitirá el decreto correspondiente, que mandará a publicar en el Diario Oficial. La reforma únicamente puede ser propuesta por los diputados en un número no menor de diez.
Y como ya estaba establecido, «no podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución que se refieren a la forma y sistema de Gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la presidencia de la República«
El diputado de la Asamblea Legislativa, Rodrigo Ayala, dejó claro que las cláusulas pétreas «permanecen INTACTAS».
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