El Ministerio de Relaciones Exteriores exoneró el requisito de visa temporal en la Calidad Migratoria Turista, para el ingreso a territorio peruano, a los nacionales de la República de El Salvador, titulares de pasaportes ordinarios válidos y vigentes.
De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 028-2023-RE, la medida procede debido a que, a la fecha, el ingreso de ciudadanos salvadoreños no representa un riesgo a la seguridad interna ante la reducción de la tasa delictiva que ha experimentado dicho país.
Destaca, asimismo, el propósito del Perú a fin de adoptar medidas que estimulen y proporcionen una real promoción como país abierto al turismo, inversiones, comercio, y capital extranjero, teniendo como beneficio mutuo el desarrollo de las relaciones bilaterales y ámbitos como el cultural y económico.
En ese sentido, establece que el plazo máximo de estadía es de hasta 183 días calendario, sea como visita continua o visitas consecutivas, durante el plazo de un año.